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LEY 44/2015, DE 14 DE OCTUBRE, DE SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS

LEY 44/2015, DE 14 DE OCTUBRE, DE SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS

Publicada, en el BOE de 15/10/2015 la nueva Ley para las Sociedades Laborales: Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas.

Por la propia denominación de la norma vemos que como novedad se incorpora la definición de SOCIEDAD PARTICIPADA POR LOS TRABAJADORES. Realmente aparece (de forma expresa) como una nueva figura, considerando como tales no solo a las propias sociedades laborales, sino a cualesquiera otras sociedades en las que los socios trabajadores posean capital social y derechos de voto.

Son Sociedades que promueven las distintas formas de participación de los trabajadores en la empresa y que deberán:

Contar con trabajadores que posean participación en el capital y/o en los resultados de la sociedad.
Contar con trabajadores que posean participación en los derechos de voto y/o en la toma de decisiones de la sociedad.
Adoptar una estrategia que fomente la incorporación de trabajadores a la condición de socios.
Además de lo comentado, podemos encontrar muchas novedades en la nueva legislación, todas ellas orientadas a incrementar el protagonismo de los trabajadores permitiendo un más fácil acceso a la condición de socio.

Puede consultar aquí las principales novedades de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas.

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2016

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

  1. Se aplaza nuevamente el incremento hasta el 60% de la base reguladora, de la pensión de viudedad a favor de pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública, contenida en la disposición adicional 30ª de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de reforma de las pensiones.

  2. Queda sin efecto para el ejercicio 2016 lo previsto en el artículo 2 ter 4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

  3. Durante el año 2016 se suspende la aplicación del artículo 7.2, del artículo 8.2.a), del artículo 10, del artículo 32.3, párrafo primero, de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

  4. Se prorrogan durante el ejercicio 2016 los beneficios en la cotización a la Seguridad Social reconocidos en la Disposición transitoria única de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

  5. Finalmente, vuelve a modificarse la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, para retrasar, otra vez, la ampliación del permiso de paternidad hasta del 1 de enero de 2017.